Martes, 21 May de 2013

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SUBVENCIONES PARA LA POTENCIACIÓN DEL TURISMO MEDIANTE LA MEJORA DE ESTABLECIMIENTOS RESTAURANTES

/ Mon, 07/02/2012 - 11:19

 

En el DOG nº 124 de 29 de junio de 2012, se publica la  Resolución del 22 de junio de 2012 de  la Secretaría Xeral para o Turismo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la potenciación del turismo mediante la mejora de establecimientos  restaurantes.

Objeto:estas subvenciones tienen por objeto  la promoción y comercialización  de Galicia como destino turístico de calidad, mediante la subvención a entidades privadas para la potenciación del turismo a través de la mejora de establecimientos restaurantes en la Comunidade Autónoma de Galicia.

 

Actuaciones subvencionables:

Mejora en las instalaciones de los establecimientos restaurantes relativas a:

1.     Obras necesarias para conseguir condiciones de accesibilidad  en el establecemento y supresión de barreras físicassensoriales: rampas de acceso, agarraderos

2.     Obras necesarias para la mejora  de la sustentabilidad en los establecementos (ahorro energético, reducción de la contaminación acústica o u lumínica etc…)

3.     Obras de renovación e mellora de cocinas, baños y comedores  de los restaurantes

4.     Mejora de garajesaparcamientos para uso exclusivo de clientes en el mismo predio donde se sitúen los establecementos

Mejora de servicios de los establecemientos restaurantes relativas a:

1.       Adecuación de los servicios de restauración para accesibilidade de las personas con discapacidad física o sensorial (renovación ou modificación de audioguías, pantallas táctiles…)

2.     Ampliación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de la gestión de los establecemientos.

 

Financiación: los proyectos de mejora que se recogen en esta resolución como acciones subvencionables podrán alcanzar una subvención de hasta el 40% sobre el coste elegible Feder, siempre que no se superen los límites máximos de ayuda establecidos en la normativa aplicable.

 

Beneficiarios/as:podrán ser beneficiarias de las subvencións las personas físicas o jurídicascomunidades de bienes que reúnan los requisitos establecidos en las bases y sean titulares de los establecementos restaurantes en los que se puedan realizar las inversiones objeto de la subvención

 

Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes  y permanecerá abierto desde el 30 de junio hasta el 29 de julio de 2012.

Si el último día fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. 

Archivo adjunto: